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Autónomo o asalariado: ¿qué sale más a cuenta en 2025?

La decisión entre trabajar por cuenta propia o ajena tiene un impacto enorme en tu bolsillo y en tu protección social. Analizamos en detalle los costes de cada régimen, las cotizaciones a la Seguridad Social, la fiscalidad y cuándo merece la pena dar el salto al autoempleo.

La elección entre el régimen de autónomos y el trabajo asalariado es una de las decisiones más importantes que puede tomar un profesional, y no existe una respuesta universal válida para todos. La mejor opción depende del nivel de ingresos, el sector de actividad, las circunstancias personales y la tolerancia al riesgo de cada persona.

El coste más evidente del trabajo autónomo es la cuota a la Seguridad Social. Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales implantado en 2023, los autónomos cotizan en función de su rendimiento neto estimado. Para 2025, las cuotas oscilan entre 225 euros mensuales para los ingresos más bajos (menos de 670 euros netos al mes) y 530 euros para los rendimientos más elevados (más de 6.000 euros netos mensuales). Esto contrasta con el régimen general, donde la cotización del trabajador equivale aproximadamente al 6,35% del salario bruto, siendo el grueso de la cotización (en torno al 29,9%) a cargo de la empresa.

En términos fiscales, el asalariado tributa únicamente por sus rendimientos del trabajo, aplicándose las retenciones de IRPF directamente en nómina. El autónomo, en cambio, puede deducirse una amplia variedad de gastos relacionados con su actividad: materiales, suministros de la oficina, parte de los gastos del vehículo o del hogar si trabaja desde casa, formación, seguros profesionales y la propia cuota de autónomos. Estos gastos reducen el beneficio sobre el que se calcula el IRPF, lo que puede representar un ahorro fiscal considerable.

El impacto en las prestaciones sociales es otro factor clave. El trabajador asalariado tiene derecho desde el primer día al paro, con una prestación de hasta el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días. El autónomo puede acogerse a la prestación por cese de actividad, pero las condiciones son más restrictivas: debe acreditar un cese involuntario de la actividad y haber cotizado por ese concepto durante al menos 12 meses continuados. La baja por enfermedad común también empieza a pagarse de forma diferente: el asalariado cobra desde el cuarto día (el primero los paga la empresa), mientras que el autónomo tiene derecho a la prestación desde el cuarto día si ha cotizado por incapacidad temporal.

Para comparar de forma justa ambas situaciones, hay que calcular el coste real del asalariado para la empresa y compararlo con los ingresos brutos del autónomo por el mismo trabajo. Un asalariado con un sueldo bruto de 30.000 euros cuesta a la empresa aproximadamente 39.000-40.000 euros anuales (incluyendo la cotización empresarial). Si el autónomo factura esa misma cantidad, sus costes fijos de Seguridad Social serán de unos 4.800-6.000 euros anuales, pero asume todos los riesgos y gastos operativos.

El autónomo societario, que desarrolla su actividad a través de una Sociedad Limitada, presenta una fiscalidad diferente. La empresa tributa por el Impuesto de Sociedades (IS) al 25% sobre el beneficio, y el autónomo se paga a sí mismo un salario que tributa por IRPF. Esta estructura puede ser ventajosa a partir de ciertos niveles de beneficio, generalmente cuando el beneficio neto supera los 50.000-60.000 euros anuales, aunque requiere mayor complejidad administrativa y costes de gestoría más elevados.

La protección social en jubilación también merece análisis. Los autónomos que cotizan por las bases mínimas históricamente han acumulado pensiones inferiores a las de los asalariados con salarios equivalentes, precisamente porque sus cotizaciones eran menores. Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, esta brecha debería reducirse con el tiempo para quienes coticen correctamente según sus ingresos.

En conclusión, para ingresos bajos o medios (hasta 35.000-40.000 euros brutos), el trabajo asalariado suele proporcionar mayor protección social y menor carga administrativa. Para profesionales con ingresos elevados, clientes múltiples y capacidad de deducir gastos relevantes, el autoempleo puede resultar más ventajoso fiscalmente, especialmente si se estructura a través de una sociedad.

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