Calcular Plusvalía Municipal Online (España)

Calcula el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (IIVTNU) al vender, heredar o donar un inmueble. Compara método real y objetivo.

La plusvalía municipal, técnicamente Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava el aumento de valor del suelo entre la compra y la venta (o transmisión por herencia o donación). Tras la sentencia 182/2021 del Tribunal Constitucional, el sistema fue reformado por el RD-Ley 26/2021: desde entonces coexisten dos métodos de cálculo — objetivo (coeficientes sobre el valor catastral del suelo) y real (diferencia entre valor de venta y compra proporcional al suelo). El contribuyente paga el menor de los dos, y si no hay incremento real, queda exento. Esta calculadora aplica ambos métodos con los coeficientes máximos vigentes en 2026.

La reforma tras la STC 182/2021

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el sistema anterior en octubre de 2021 porque obligaba a pagar incluso cuando no había incremento real de valor. El RD-Ley 26/2021 introdujo dos métodos a elección del contribuyente.

El método real compara precio de venta y de compra. El método objetivo mantiene los coeficientes sobre el valor catastral del suelo, pero ahora actualizados anualmente por el Ministerio.

  • Si no hay incremento real de valor → no se paga (hay que acreditarlo con escrituras).
  • Si hay incremento → se aplica el método que salga más barato.
  • Los coeficientes objetivos son máximos; cada ayuntamiento puede fijarlos más bajos.
  • El tipo impositivo también lo fija cada municipio, con máximo del 30%.

Método objetivo: coeficientes 2026 por años

Se aplica un coeficiente sobre el valor catastral del suelo en función del número de años completos desde la adquisición.

Años desde compraCoeficiente máx. 2026
Menos de 1 año0,15
1 año0,15
2 años0,14
3 años0,15
4 años0,17
5 años0,17
10 años0,08
15 años0,08
20 años o más0,45

Método real: diferencia proporcional al suelo

Se calcula la diferencia entre precio de venta y compra (según escrituras) y se multiplica por la proporción del valor catastral del suelo sobre el total.

Ejemplo: compras un piso en 180.000€ y lo vendes por 250.000€. El valor catastral total es 120.000€, del cual 48.000€ corresponden al suelo (40%). Base imponible real = (250.000 − 180.000) × 40% = 28.000€. Con tipo municipal 30% = 8.400€.

Si con el método objetivo sale, por ejemplo, 3.840€ (coeficiente 0,08 sobre 48.000€ × 30%), pagarías ese, no 8.400€.

Quién paga y cuándo

  • Compraventa: paga el vendedor. Plazo: 30 días hábiles desde la escritura.
  • Herencia: paga el heredero. Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6.
  • Donación: paga el donatario. Plazo: 30 días hábiles.
  • Transmisión por divorcio: exentas las adjudicaciones por disolución de gananciales.
  • Si hay pérdida patrimonial: exento, pero hay que presentar la autoliquidación acreditándolo con escrituras.

Ejemplos prácticos con ambos métodos

SituaciónMétodo objetivoMétodo realA pagar
Vende tras 10 años, suelo 50.000€, +70.000€ ganancia50.000 × 0,08 × 30% = 1.200€(70.000 × 40%) × 30% = 8.400€1.200€ (objetivo)
Vende tras 20 años, suelo 40.000€, +120.000€ ganancia40.000 × 0,45 × 30% = 5.400€(120.000 × 50%) × 30% = 18.000€5.400€
Vende tras 5 años, suelo 60.000€, +10.000€ ganancia60.000 × 0,17 × 30% = 3.060€(10.000 × 40%) × 30% = 1.200€1.200€ (real)
Vende con pérdidas tras 8 añosSería ~2.880€Pérdida, no aplica0€ (exento)
Herencia tras 15 años, suelo 30.000€30.000 × 0,08 × 30% = 720€No suele aplicarse720€

Errores frecuentes con la plusvalía

  • Olvidar el plazo: 30 días para venta, 6 meses para herencia. Recargos del 5-20% por demora.
  • Usar el valor catastral total en lugar del valor catastral del suelo.
  • No comparar ambos métodos: si no se elige, el ayuntamiento aplica el objetivo por defecto.
  • Creer que con pérdida no hay que declarar: hay que presentar la autoliquidación a 0€.
  • Confundir plusvalía municipal con la ganancia patrimonial del IRPF — son impuestos independientes.

Plusvalía municipal vs ganancia patrimonial en IRPF

La plusvalía municipal (IIVTNU) es un impuesto local que recauda el ayuntamiento. Grava solo el aumento del valor del suelo.

La ganancia patrimonial en IRPF la recauda la AEAT y grava la diferencia total entre precio de venta y compra (aplicando gastos deducibles). Los tipos son 19-30% según la escala del ahorro. Si vendes por más de lo que compraste, pagas ambos impuestos.

Formula

Objetivo: Base = Valor catastral suelo × Coeficiente años | Real: Base = (Venta − Compra) × (Suelo / Total) | Cuota = Base × Tipo municipal (máx 30%)

Ejemplos

  • Venta tras 10 años, suelo 50.000€, +70.000€
    Objetivo: 1.200€ | Real: 8.400€ → Pagas 1.200€
  • Venta tras 20 años, suelo 40.000€, +120.000€
    Objetivo: 5.400€ | Real: 18.000€ → Pagas 5.400€
  • Venta tras 5 años, suelo 60.000€, +10.000€
    Objetivo: 3.060€ | Real: 1.200€ → Pagas 1.200€
  • Venta con pérdida patrimonial
    0€ (exento, pero hay que autoliquidar)
  • Herencia tras 15 años, suelo 30.000€
    Objetivo: 720€ (tipo reducido en algunos municipios)
  • Donación de piso al hijo, suelo 80.000€, 25 años
    Objetivo: 80.000 × 0,45 × 30% = 10.800€
  • Venta tras 2 años, suelo 45.000€, +25.000€
    Objetivo: 1.890€ | Real: 3.000€ → Pagas 1.890€
  • Venta tras 1 año, suelo 60.000€, +5.000€
    Objetivo: 2.700€ | Real: 600€ → Pagas 600€

Preguntas frecuentes

¿Qué grava exactamente la plusvalía municipal?
Grava el incremento del valor del suelo (no de la construcción) entre la adquisición y la transmisión. Si no hubo incremento real, no se paga, pero hay que demostrarlo con las escrituras.
¿Qué cambió con la sentencia del Constitucional de 2021?
La STC 182/2021 anuló el sistema anterior. El RD-Ley 26/2021 introdujo dos métodos (real y objetivo) a elección del contribuyente, y declaró no sujetas las transmisiones con pérdida.
¿Quién paga en compraventa, herencia y donación?
En compraventa paga el vendedor (30 días desde escritura). En herencias paga el heredero (6 meses prorrogables). En donaciones paga el donatario (30 días).
¿Puedo elegir el método de cálculo?
Sí. Debes calcular ambos y declarar el que salga más barato. Si no indicas método, el ayuntamiento aplica el objetivo por defecto.
¿Cuál es el tipo impositivo máximo?
El 30% sobre la base imponible. Cada ayuntamiento fija su tipo, habitualmente entre el 20% y el 30%.
¿Cómo demuestro que no hubo incremento de valor?
Aportando las escrituras de compra y venta. Si el precio de venta es inferior o igual al de compra (ajustado por gastos), la operación no está sujeta.
¿La plusvalía se suma al IRPF?
Son impuestos independientes. En IRPF tributas la ganancia patrimonial (19-30%) por la diferencia total; la plusvalía municipal solo grava el suelo y va al ayuntamiento.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Se aplican recargos: 5% hasta 3 meses de retraso, 10% entre 3 y 6 meses, 15% entre 6 y 12 meses, y 20% a partir de un año, más intereses de demora.

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Ultima actualizacion: 16 de abril de 2026